¿Quién debe dar de alta los suministros en una vivienda de alquiler?

¿Quién debe dar de alta los suministros en una vivienda de alquiler?

Artículo publicado por api.cat 15/07/2014:
http://www.api.cat/noticias/cuanto-cuesta-y-quien-debe-dar-de-alta-los-suministros-en-un-piso-de-alquiler/


Saber quién debe dar de alta de suministros de agua y luz y cuánto cuestan es uno de los temas que más controversia generan en el ámbito de los arrendamientos. En IMOPRAT te arrojamos un poco de luz sobre esta cuestión.

Seguramente, la mayoría de pisos de alquiler que visites hayan estado habitados por alguien antes que tú, de modo que ya deben tener los servicios dados de alta y sólo necesitan un cambio de titularidad. Sin embargo, si vas a alquilar un piso de obra nueva habrá que dar de alta los servicios de agua, luz y gas, si tiene, cosa que cuesta un dinero, que como mínimo, hará que te preguntes: ¿debo pagarlo yo o el propietario? y ¿Cuánto cuesta?

Imagina que quieres alquilar un piso en El Prat de llobregat, justamente en un edificio recién terminado de construir y cuyos pisos no tienen los servicios de agua y luz dados de alta. En ese momento necesitarás saber cuánto cuesta dar de alta los servicios básicos y quién se supone que debe pagar ese trámite para terminar de tomar la decisión sobre si te interesa o no dicho alquiler.

Pues bien, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) dice que el consumo de los suministros que lleven contador individual serán a cargo del inquilino, y también dice que el propietario tiene la obligación de entregar una vivienda en condiciones de habitabilidad, pero no especifica nada acerca de quién tiene que dar de alta los servicios.

Además, las empresas suministradoras conceden el alta a cualquier cliente que aporte un título para ocupar la vivienda, ya sea  al inquilino con el contrato de arrendamiento, o al propietario. Por este motivo, es una cuestión negociable entre las dos partes. En muchos casos el propietario accede a pagarlo, pero no siempre y hará falta llegar a un acuerdo. Una solución habitual es pagarlo a medias.

En cualquier caso, para dar de alta el suministro nuevo se necesita:

La Cédula de habitabilidad, y si la vivienda es de nueva construcción la Licencia Primera Ocupación o de Primera Apertura.
Certificado de instalación de Baja Tensión expedido por un electricista acreditado.
La Fotocopia del DNI, Pasaporte o NIE.

En cuanto al coste, según la comercializadora holaluz, los costes de dar de alta el suministro de la luz dependen de la distribuidora y ascienden a 230€ aproximadamente por una potencia de 4’6 KW.

El coste de dar de alta el agua y la instalación del contador dependerá de la empresa municipalsuministradora y de si ésta es de gestión pública, privada o mixta, aunque suele rondar entre los 120€ y los 300€. Este precio varía según la categoría de la vivienda, que clasifican con letras básicamente en función del número de baños, aseos y lavaderos que tenga la vivienda y de si ésta tiene jardín o terraza con salida de agua. Cuantas más fuentes de agua tenga la vivienda, más caro es dar de alta el suministro. Los documentos que debes presentar son prácticamente los mismos que en el caso de la luz.

En caso de que también necesites dar de alta el gas natural, tienes que saber que el precio, como en el caso de la luz, incluye varios conceptos: Los derechos de acometida fijados por la tarifa de acceso de gas y los derechos de alta que dependen de la Comunidad Autónoma, ambos suelen rondar los 200€ para un piso estándar.

Ahora ya sabes que dar de alta los suministros de agua y luz te costará una media de 400€, 200€ adicionales si también necesitas gas, una cantidad que puede equivaler a una mensualidad, por lo que vale la pena negociar con el propietario.

 
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